Aportamos una reciente resolución judicial sobre el IIVTNU, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº3 de Zaragoza, que consideramos puede resultar interesante por la temática que atiende y en la que se se explica:
- La imposibilidad de plantear cuestiones nuevas en el escrito de conclusiones que no han sido alegadas en los escritos de demanda y contestación a la demanda.
- La falta de acreditación de la depreciación de valor de los terreno.
- Sobre la posibilidad/imposibilidad que los gastos de urbanización formen parte del valor de los terrenos.
- Sobre la fórmula para el cálculo de la base imponible.
- Imposibilidad de interposición de recurso de apelación.
Agradecemos a los compañeros/as de la Asesoría Jurídica de la Diputación de Zaragoza que nos faciliten esta importante documentación, al tiempo que les felicitamos por su trabajo.
SENTENCIA:
SENTENCIA-IIVTNU