23 de abril, día de “el libro”

Aprovechando que es 23 de abril, día del libro, queremos recordar el hito que supuso la publicación del primer “Manual para el asesoramiento, representación y defensa de las Entidades Locales”,  de la Editorial Wolters Kluwer.

Para más información: Wolters Kluwer.

Vídeo de presentación por nuestros compañeros Sergi y Javier: youtube

Apuntes sobre el régimen sancionador aplicable durante el estado de alarma

Nuestro compañero del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián, Iñaki Atxukarro, desea compartir sus “Apuntes sobre el régimen sancionador aplicable ante el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma”.

Apuntes régimen sancionador

Aprovechamos para recordaos que el CENDOJ tiene una selección de resoluciones relacionadas con el COVID-19:

CENDOJ – COVID 19

NUEVAS PROPUESTAS PRESENTADAS POR ALEL ANTE EL C.G.P.J y el MINISTERIO DE JUSTICIA

La Asociación de Letrados de Entidades Locales (ALEL) ha remitido al CGPJ y el Ministerio de Justicia, un segundo bloque de medidas de carácter procesal.

En esta ocasión, con carácter sucinto, se han presentado propuestas que complementan las establecidas por el CGPJ para agilizar los procedimientos judiciales que afecten a los colectivos especialmente vulnerables tras el estado de alarma.

Las propuestas se pueden leer a continuación:

PROPUESTA ALEL Colectivos vulnerables

 

           

Naturaleza del recurso de revisión.

 

DOÑA SONIA GAVEIRO GONZÁLEZ
Asesora Jurídica Ayuntamiento de Santurtzi

 

El objeto de este breve artículo es comentar una de las recientes sentencias del Tribunal Supremo, la nº 759/2020, de 11 de marzo, de la que ha sido Magistrado ponente D. José Antonio Montero Fernández. Dicha resolución ha venido motivada por el recurso de revisión nº 25/2019 interpuesto por la representación de un particular contra la sentencia nº 37/2019, de 30 de enero, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el artículo 102 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 509 y siguientes de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil. Esta última desestimó el recurso contencioso-administrativo del interesado recurrente contra la resolución del Jurado Territorial de Expropiación de Madrid de 21 de septiembre de 2017 la cual, a su vez, desestimó el recurso de reposición que había planteado el mismo en vía administrativa contra la decisión del antedicho Jurado que fijaba el justiprecio de un inmueble.

Centrando la cuestión, el artículo 102 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa prevé la posibilidad de interponer recurso de revisión en un plazo de cinco días contra los decretos por los que se ponga fin al procedimiento o se impida su continuación, siempre cuando y se prevea expresamente. Por su parte, los artículos 509 a 516 de la Ley de Enjuiciamiento Civil amplían la regulación de dicho recurso, concretando requisitos y tramitación del recurso de revisión. En concreto, la LEC abre la revisión de una sentencia firme en los siguientes casos tasados, brevemente: si después de pronunciada ésta, se obtienen documentos decisivos de los que no se pudo disponer por fuerza mayor o por voluntad de la parte “ganadora”, si se resolvió con base en documentos o testimonios que con posterioridad fueron declarados falsos, y si la parte “vencedora” lo fue por motivos de cohecho, violencia o maquinación fraudulenta[1].

En la STS759/2020 aquí comentada, FJ 2º, se nos recuerda que los presupuestos para interponer recurso de revisión son rigurosos, sin que quepan interpretaciones extensivas o analógicas, para centrarse en el motivo concreto del supuesto planteado (la redacción de un nuevo informe del arquitecto municipal reconociendo un error material en la tasación del inmueble ya que valoró realmente otro piso distinto del que era propiedad del interesado recurrente). Como se recuerda, la jurisprudencia pacífica exige como requisitos: que se haya tenido acceso al documento con posterioridad a la posibilidad de su aportación al proceso judicial, que los documentos sean anteriores a la fecha de la sentencia firme (no habiendo podido disponer de ellos bien por fuerza mayor, bien por “actuación” de la parte favorecida en la resolución[2]) y que sean documentos decisivos en el sentido de que se hubiera dictado una sentencia distinta.

En el caso concreto analizado se estima el recurso de revisión del particular interesado porque el informe del arquitecto municipal, si bien fue redactado a petición del propio administrado recurrente, no fue ni aportado en el expediente administrativo, ni notificado al interesado; de hecho, se indica expresamente que su mujer fue informada verbalmente de la existencia de dicho informe después de la sentencia firme. En consecuencia, se cumplen todos los presupuestos requeridos por la jurisprudencia pacífica: documento/informe que refiere un error material (al valorar un piso en lugar del que inmueble que se debía tasar), obtenido con posterioridad a la resolución judicial recurrida, de fecha anterior a la misma, retenido por la parte “vencedora” de dicha sentencia y decisivo.

[1] Hablamos de la vía judicial. Ahora bien, hagamos memoria aquí, por lo interesante del tema, y recordemos también que estos casos tasados son prácticamente los mismos del artículo 125.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para interponer Recurso extraordinario de revisión en vía administrativa. Únicamente se añade la posibilidad de que la resolución administrativa recurrida se dictase incurriendo en error de hecho, derivado de los propios documentos del expediente.

[2] Se exige que no se haya podido acceder al documento mismo, no a su contenido (sentencia de 12 de julio de 2006 dictada en recurso de revisión nº 10/2005, entre otras).

RESEÑA BIBLIOGRÁFICA sobre “EL SILENCIO ADMINISTRATIVO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO”

GONZALO GARCÍA WEIL realiza una reseña sobre la obra “El silencio administrativo. Análisis constitucional y administrativo” publicada en la editorial WOLTERS KLUWER (https://tienda.wolterskluwer.es/p/elsilencio-administrativo-analisis-constitucional-y-administrativo). Edición: Mayo 2019 y que tenemos el honor de publicar en nuestra página web.

Gonzalo García Weil es Abogado en ejercicio. Especialidad en derecho administrativo, con especial dedicación a la ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.

Reseña bibliográfica: RESEÑA BIBLIOGRÁFICA GARCÍA WEIL

 

 

ARTÍCULO DOCTRINAL.- El estado de alarma no suspende los portales de transparencia ni la obligación de publicar los contratos de emergencia.

MIGUEL ÁNGEL BLANES CLIMENT, Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana y Letrado de la Diputación de Alicante, nos remite un interesante artículo aclarando que el estado de alarma declarado por el coronavirus no ha suspendido la obligación de publicar en el perfil del contratante ni, por extensión, en el portal de transparencia los contratos tramitados por el procedimiento de emergencia.

Agradecemos a nuestro compañero Miguel Ángel Blanes que comparta sus reflexiones en nuestra página web.

Artículo: El estado de alarma no suspende los portales de transparencia ni la obligación de publicar los contratos de emergencia

PRESENTACIÓN DE MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y PROCESALES ANTE EL CGPJ y el MINISTERIO DE JUSTICIA

La Asociación de Letrados de Entidades Locales de España ante la grave situación por la que está atravesando nuestro país debido a la pandemia de coronavirus COVID-19 se suma a promover ideas y propuestas que puedan mejorar los efectos que esta crisis está produciendo y que producirá en los próximos meses.

Una parte muy importante de las tareas que desempeñamos los letrados y letradas que configuramos la abogacía pública local se desarrolla ante los juzgados y tribunales, y siendo el ámbito de la Administración de Justicia un espacio absolutamente imprescindible en el buen desarrollo de cualquier sociedad democrática; desde nuestra Asociación hemos apostado por impulsar un conjunto de medidas de naturaleza organizativa y procesal en los órdenes contencioso-administrativo y social, pues son estas jurisdicciones en las que desarrollamos de forma mayoritaria nuestro trabajo.

Partiendo del ambicioso “Primer documento de trabajo sobre medidas organizativas y procesales para el Plan de choque en la Administración de Justicia tras el estado de alarma” aprobado por el Consejo General del Poder Judicial, hemos considerado complementar lo expresado en el citado documento con un espíritu constructivo y con el ánimo de aportar propuestas que sumen a lo establecido por el CGPJ.

Por estos motivos, acompañamos el conjunto de medidas que hemos anunciado en el párrafo anterior para que puedan ser consultadas por todas aquellas personas e instituciones que lo consideren oportuno. 

Las propuestas que ALEL efectúa a continuación se dividen en cuatro apartados: los dos primeros (A y B) están referidos al ámbito contencioso-administrativo: el apartado A) se ha elaborado partiendo de la propuesta efectuada por el CGPJ y la numeración contenida en la misma, añadiendo algunos aspectos y matices que consideramos que pueden contribuir a mejorarla para un mejor logro del objetivo propuesto; y el apartado B) contiene propuestas presentadas por ALEL ex novo, en el sentido de que no han sido previamente plasmadas en el documento del CGPJ pero que, al igual que las anteriores, consideramos que pueden contribuir al objetivo; la numeración en este caso es correlativa. Los dos últimos apartados (C y D) se refieren al orden social, y su distribución es similar a los anteriores. En todos los casos, y tras una breve explicación introductoria, aparecerán redactadas en color rojo las propuestas de esta Asociación para una mejor localización.

Como hemos manifestado, todas estas propuestas se remiten con la intención de apoyar, de sumar aportaciones, planteamientos y puntos de vista estrictamente profesionales que en su conjunto redunden en beneficio de la ciudadanía y en la mejora de la calidad de los servicios en materia de Justicia.

PROPUESTAS DE ALEL AL CGPJ: PROPUESTAS ALEL AL CGPJ

DOCTRINA CONSULTIVA

LOGO ALEL

Nuestro compañero Ángel Navarro, Letrado del Consell Insular d´Eivissa i Formentera ha publicado a propósito del 25 aniversario del Consejo
Consultivo de las Illes Balears el interesante artículo “Conflictos en defensa de la autonomía local” (Wolters Kluwer, 2019); Madrid, 949 p.

Una obra que aúna la jurisprudencia, los informes y dictámenes de la Administración consultiva conformando un corpus doctrinal de incalculable valor en la interpretación del Derecho, en este caso, el legislado en la CCAA balear.

Enhorabuena.   

Francisco de Cuéllar. Capitán de la Gran Armada

No solo sentencias y reseñas jurídicas aportamos en la web de ALEL, también cuando nuestros compañeros realizan interesantes trabajos y estudios en otras materias, consideramos importante dar noticia sobre las mismas.

En este caso, Manuel Cebrián Abellán, compañero de la Diputación de Albacete y colaborador de la Asociación, acaba de publicar en WOLTERS KLUWER, “Francisco de Cuéllar. Capitán de la Gran Armada“.

La historia se sitúa durante el reinado de Felipe II -años 1556 a 1598- que estuvo marcado por una creciente piratería en el Atlántico y sostenidos ataques a las costas españolas, lo que obligó al monarca a tomar la decisión de formar una Gran Armada para castigar a la reina Isabel I, artífice del permanente hostigamiento. Puso al frente del proyecto, como capitán general de la misma a don Alonso Pérez de Guzmán, duque de Medina Sidonia, y bajo sus órdenes a la mejor marinería y más cuajada infantería de Europa. Pero el esfuerzo no tuvo la merecida recompensa. Todo se alió, desde la pertinaz resistencia inglesa hasta los temporales y condiciones de la mar, pasando por la falta de vituallas y enfermedades, para arruinar el proyecto, convirtiéndose Escocia e Irlanda en la tumba y calvario de miles de marinos y soldados españoles.

Francisco de Cuéllar, nuestro personaje, capitán de uno de los galeones reales, afrontó la empresa con una tremenda ilusión y desvelo, pero pronto sus expectativas se frustraron. En naufragio de la Lavia en la bahía de Streedagh —costa oeste de Irlanda—, le llevó a vivir la más terrible experiencia, el permanente acoso de los soldados de la reina, deseosos de sellar los labios a cualquier náufrago español, y el expolio y maltrato de la población nativa, que no dejó tampoco nunca de hostigarle. Su determinación, valor, juventud, destreza con las armas y, seguramente, la intervención de la mano divina, fueron sus mejores argumentos para superar la situación, siendo uno de los pocos náufragos que consiguió salvar la vida.

https://tienda.wolterskluwer.es/p/francisco-de-cuellar-capitan-de-la-gran-armada

Damos la enhorabuena a Manuel por su espléndido libro y esperamos que sea del agrado de toda clase de público.

MANUAL PARA EL ASESORAMIENTO, REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LAS ENTIDADES LOCALES

Hoy es un día muy especial e importante para la Asociación de Letrados de Entidades Locales de España (ALEL). Después de meses de trabajo, conseguimos publicar la obra “Manual para el asesoramiento, representación y defensa de las Entidades Locales“.

Como Presidente de ALEL, me siento muy orgulloso del grupo de personas que forman parte de la Asociación y que han hecho posible este trabajo.

Quiero agradecer públicamente el apoyo y la confianza que desde el primer momento Wolters Kluwers ha mostrado a este proyecto y que no hubiera visto la luz sin su inestimable colaboración. Especialmente a Lourdes Bernal, quien desde el inicio valoró positivamente la idea y la ha apoyado desde su inicio. Asimismo, el libro cuenta con la colaboración de José Ramón Chaves, unos de los mejores juristas y profesionales de la judicatura, quien amablemente ha realizado el prólogo.

Es justo destacar en este capítulo de agradecimientos a nuestro Vicepresidente Ángel Zurita, quien valientemente invitó a la editorial a acompañarnos en esta aventura.

También es necesario mencionar a Francisco Javier Durán (Letrado del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros) y Sergi Monteserín (Letrado del Ayuntamiento de Gavá) quien tan brillantemente han coordinado el contenido y a más de treinta autores en este libro, dotándolo de una estructura y coherencia que consideramos resultará útil e interesante para todos aquellos que deseen conocer como se debe desarrollar el trabajo de representación y defensa en las entidades locales.

Finalmente, cada autor/a que ha escrito en esta obra merece un reconocimiento por el esfuerzo y dedicación empleado en hacer real lo que hace unos meses era tan solo un sueño.

Gracias a tod@s por vuestro trabajo.

Jesús Mª Royo Crespo

Presidente de ALEL